Reducciones
Reducciones Por Conducir Temerariamente
¿Cuáles son las ventajas de que le reduzcan un cargo de DUI a uno de conducir temerariamente?
Si el procurador percibe alguna flaqueza en su caso de DUI, puede que ofrezca reducir el cargo de DUI a conducción temeraria. Una declaración de culpabilidad al cargo de conducción temeraria en vez de a DUI tiene ventajas importantes para el acusado.
Primero, cuando una persona se declara culpable a DUI, la ley de la Florida requiere que el juez suspenda la licencia de conducir de esa persona. El término de la suspensión varía de 6 meses a una suspensión de por vida, dependiendo de cuántas condenas por DUI ha tenido la persona. Sin embargo, si la persona se declara culpable a conducción temeraria, la ley no requiere que el juez suspenda su licencia de conducir.
Segundo, cuando una persona se declara culpable a DUI, la ley de la Florida requiere que el juez confisque el vehículo de la persona. El término de la suspensión varía de 10 días a 90 días. Sin embargo, si la persona se declara culpable a conducción temeraria, la ley no requiere que el juez le confisque el vehículo.
Tercero, el estado de la Florida requiere que antes de que a una persona condenada por DUI le devuelvan la licencia de conducir, tiene que presentar un formulario denominado FR44. El FR44 certifica al estado de la Florida que la persona condenada de DUI tiene seguro de auto en la cantidad de por lo menos $100,000 por persona, $300,000 por accidente y $50,000 por daños a propiedad. En la mayoría de los casos el FR44 se requiere por tres años a partir del momento de la condena. Para obtener un formulario FR44, una persona condenada de DUI tiene que pedirle uno a su aseguradora. Esto pone a la aseguradora sobre aviso de que la persona tuvo un DUI, lo cual puede ocasionar que le suban las primas del seguro. Sin embargo, el requisito del FR44 no aplica a aquellos cuyo caso se reduce a conducción temeraria.
Cuarto, cuando una persona se declara culpable a DUI, la ley de la Florida requiere que el juez lo adjudique formalmente culpable de cometer la violación, lo cual significa que la persona queda formalmente condenada de DUI. Sin embargo, si la persona se declara culpable a conducción temeraria, no se requiere que el juez la adjudique formalmente culpable. Más bien, el juez puede retener la adjudicación de culpabilidad, lo cual significa que la persona no queda condenada de la violación. Si se retiene la adjudicación, el acusado posiblemente pueda sellar el expediente y con el tiempo borrar del expediente todo lo relacionado con su arresto y procesamiento.
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El abogado David C. Hardy fue procurador procesador de casos de DUI que ahora representa a personas acusadas de DUI. Está certificado por el Colegio de Abogados de la Florida y el Colegio Nacional de Abogados Defensores Procesales como perito en derecho procesal penal. Como procurador y como defensor, tiene experiencia extensiva en el manejo de todo tipo de casos de DUI.
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