Violencia Doméstica en Tampa, Florida
Tipos de violencia doméstica en Tampa Florida
- Violencia Doméstica
- Agresión doméstica por estrangulación
- Violar una orden judicial contra violencia doméstica
Violencia Doméstica
¿Qué es violencia doméstica en la Florida?
Con la excepción de agresión doméstica por estrangulamiento, la violencia doméstica no es un delito penal en la Florida de por sí. Más bien, los fiscales clasifican ciertos delitos existentes en la Florida tal como la agresión o acometimiento como violencia doméstica para agregar consecuencias adicionales a la condena.
¿Cuándo aplica la clasificación de violencia doméstica?
La violencia doméstica ocurre entre miembros de la familia o de la unidad familiar. Pueden estar involucrados en un caso de violencia doméstica esposos y esposas, hermanos y hermanas, personas que viven juntos como unidad familiar y dos personas que han procreado juntos un hijo.
¿Cuáles son las consecuencias de una condena de violencia doméstica?
Además de las penalidades correspondientes a un delito particular, una persona condenada de un delito con la clasificación de violencia doméstica se enfrenta a las siguientes consecuencias:
- Si el acusado es adjudicado culpable, la ley le da instrucción al juez de penalizar el acusado a un mínimo de 5 días en la cárcel donde se ha mostrado que hubo “lesión corporal”;
- El acusado tiene que completar un programa contra violencia doméstica;
- El acusado no puede sellar o suprimir su cargo de violencia doméstica;
- Bajo legislación federal el acusado perderá su derecho de poseer armas de fuego;
- El estado le revocará al acusado su licencia de tener un arma oculta
¿Cuáles son algunas posibles defensas a un cargo de violencia doméstica?
La ley de la Florida de no ceder terreno/mantenerse firme
Bajo la Ley de no ceder terreno de la Florida una persona está justificada en amenazar con usar fuerza en contra de otro si esta persona cree razonablemente que dicha conducta es necesaria para defenderse del uso inminente de fuerza ilícita de otra persona.
La persona a quien se le acusa de agresión tiene que probar, por el peso mayor de las pruebas, que sus acciones fueron justificadas.
La defensa propia
Aún si un juez fuera a determinar que no había suficientes pruebas para desestimar el caso bajo la Ley de no ceder terreno de la Florida, una persona acusada de violencia doméstica puede afirmar que actuó en defensa propia.
Una de las diferencias entre la Ley de no ceder terreno de la Florida y la de defensa propia es el peso de la prueba. Bajo la Ley de no ceder terreno de la Florida, el acusado tiene el peso de comprobar por el mayor peso de las pruebas, que estuvo justificado en proferir amenazas o usar fuerza. Sin embargo, para defensa propia, el Estado tiene el peso de probar fuera de toda duda razonable que el acusado no estaba justificado en su uso de amenazas o fuerza.
Si un jurado, o el juez en el caso de un juicio por el juez, fuera a determinar que cabía duda razonable en cuanto a si la persona estuvo o no justificada en utilizar fuerza para protegerse, el jurado o el juez debería determinar que la persona no es culpable.
Los testigos están mintiendo
Presuntas víctimas y testigos en casos de violencia doméstica a veces hacen acusaciones falsas porque tienen motivo para mentir. Por ejemplo, controversias sobre la custodia de menores de edad, infidelidades en una relación y otros conflictos pueden motivar a una persona a reclamar que se llevó a cabo un acto de violencia doméstica cuando no ocurrió. Un abogado defensor puede exponer esos motivos y atacar alegatos falsos.
Una pregunta común concerniente a un cargo de violencia doméstica
¿Tiene el Estado que desestimar un caso de violencia doméstica si la víctima decide no proceder con la acusación?
No. Aunque la víctima puede solicitar que la fiscalía del Estado no proceda con la acusación, la determinación de procesar o no le compete al fiscal. Si el fiscal puede probar el caso utilizando a otros testigos, videos, fotos o una llamada 911, por lo regular prosigue con el caso con o sin la ayuda de la víctima.
Agresión doméstica por estrangulación
Lo que tiene que probar el fiscal en un cargo de agresión doméstica por estrangulamiento
Conforme al Estatuto de la Florida § 784.041, el delito de agresión doméstica por estrangulamiento ocurre cuando el acusado:
- A sabiendas e intencionalmente impide la respiración o la circulación normal de la sangre de la víctima contra la voluntad de ésta al aplicar presión en la garganta o cuello o al obstruir la nariz o boca de la víctima;
- Al hacer esto, el acusado crea un riesgo de grave lesión corporal a la víctima o le ocasiona grave lesión corporal a la víctima;
- El acusado estaba emparentado o es miembro de la unidad familiar o está saliendo con la víctima.
¿Cuáles son las penas máximas para un cargo de agresión doméstica por estrangulamiento?
En la Florida, un cargo de agresión doméstica por estrangulamiento es un delito grave de tercer grado punible por un máximo de:
- 5 años de presidio
- Una multa de $5,000.00 dólares
- 5 años de libertad a prueba o probatoria
¿Cuáles son algunas otras consecuencias de una condena por agresión doméstica por estrangulamiento?
- Si el acusado es adjudicado culpable, la ley le da instrucción al juez de penalizar el acusado a un mínimo de 5 días en la cárcel donde se ha mostrado que hubo “lesión corporal”;
- El acusado tiene que completar un programa contra violencia doméstica;
- El acusado no puede sellar o suprimir su cargo de agresión doméstica por estrangulamiento;
- Bajo legislación federal el acusado perderá su derecho de poseer armas de fuego;
- El estado le revocará al acusado su licencia de tener un arma oculta
Posibles defensas a un cargo de agresión doméstica por estrangulamiento:
La ley de la Florida de no ceder terreno/mantenerse firme
Bajo la Ley de no ceder terreno de la Florida una persona está justificada en amenazar con usar fuerza en contra de otro si esta persona cree razonablemente que dicha conducta es necesaria para defenderse del uso inminente de fuerza ilícita de otra persona.
La persona a quien se le acusa de agresión tiene que probar, por el peso mayor de las pruebas, que sus acciones fueron justificadas.
La defensa propia contra un cargo de agresión doméstica por estrangulamiento
Aún si un juez fuera a determinar que no había suficientes pruebas para desestimar el caso bajo la Ley de no ceder terreno de la Florida, una persona acusada de agresión doméstica por estrangulamiento puede afirmar que actuó en defensa propia.
Una de las diferencias entre la Ley de no ceder terreno de la Florida y la de defensa propia es el peso de la prueba. Bajo la Ley de no ceder terreno de la Florida, el acusado tiene el peso de comprobar por el mayor peso de las pruebas, que estuvo justificado en proferir amenazas o usar fuerza. Sin embargo, para defensa propia, el Estado tiene el peso de probar fuera de toda duda razonable que el acusado no estaba justificado en su uso de amenazas o fuerza.
Si un jurado, o el juez en el caso de un juicio por el juez, fuera a determinar que cabía duda razonable en cuanto a si la persona estuvo o no justificada en utilizar una defensa de agresión doméstica por estrangulamiento para protegerse, el jurado o el juez podría determinar que la persona no es culpable.
Los testigos están mintiendo
Presuntas víctimas y testigos en casos de agresión doméstica por estrangulamiento a veces hacen acusaciones falsas porque tienen motivo para mentir. Por ejemplo, controversias sobre la custodia de menores de edad, infidelidades en una relación y otros conflictos pueden motivar a una persona a reclamar que se llevó a cabo un acto de agresión doméstica por estrangulamiento cuando no ocurrió. Un abogado defensor puede exponer esos motivos y atacar alegatos falsos.
Preguntas comunes concernientes a un cargo de agresión doméstica por estrangulamiento
¿Tiene el Estado que desestimar un caso de agresión doméstica por estrangulamiento si la víctima decide no proceder con la acusación?
No. Aunque la víctima puede solicitar que la fiscalía del Estado no proceda con la acusación, la determinación de procesar o no le compete al fiscal. Si el fiscal puede probar el caso utilizando a otros testigos, videos, fotos o una llamada 911, por lo regular prosigue con el caso con o sin la ayuda de la víctima.
Violar una orden judicial contra violencia doméstica
Para probar el delito de violar una orden judicial contra violencia doméstica en la Florida, el Estado tiene que probar lo siguiente:
- El juez expidió una orden de protección contra violencia doméstica contra el acusado
- El acusado voluntariamente violó la orden judicial al realizar una de las subsiguientes acciones:
- Rehusar mudarse del hogar que compartían las partes
- Ir a, o estar a menos de 500 pies de la residencia, escuela, lugar de empleo o algún lugar específico frecuentado regularmente por el demandante y todo miembro nombrado de la familia o de la unidad familiar.
- Cometer un acto de violencia doméstica en contra del demandante
- Cometer cualquier otra violación de la orden judicial por medio de una amenaza, palabra o acto ilícito intencional hacia el demandante
- Telefonear, contactar o de alguna otra forma comunicarse con el demandante directa o indirectamente a menos que la orden judicial específicamente permite contacto indirecto por medio de un tercero.
- Acercarse a sabiendas e intencionalmente dentro de 100 pies del vehículo motorizado del demandante sea que esté alguien en él o no.
- Afear o destruir la propiedad personal del demandante incluyendo el vehículo motorizado de éste
- Rehusar entregar armas de fuego o municiones si el juez le ordena hacerlo
¿Cuáles son las penas máximas por violar una orden judicial contra violencia doméstica en la Florida?
En la Florida, violar una orden judicial contra violencia doméstica es un delito menor de primer grado punible por un máximo de:
- Un año de presidio
- $1,000.00 de multa
- 12 meses de libertad a prueba o probatoria
Posibles defensas a un cargo de violar una orden judicial contra la violencia doméstica
Los testigos están mintiendo
Presuntas víctimas y testigos en casos de violencia doméstica a veces hacen acusaciones falsas porque tienen motivo para mentir. Por ejemplo, controversias sobre la custodia de menores de edad, infidelidades en una relación y otros conflictos pueden motivar a una persona a reclamar que se llevó a cabo un acto de violencia doméstica cuando no ocurrió. Un abogado defensor puede exponer esos motivos y atacar alegatos falsos.
No se diligenció la notificación de la orden judicial
El fiscal tiene que probar que al acusado se le diligenció la orden judicial o tuvo alguna notificación de la orden judicial. Si el fiscal no puede probar que el acusado sabía de la orden judicial, el acusado no es culpable.
El contacto no fue intencional
Para que se pueda condenar a una persona de violar una orden judicial contra violencia doméstica, el contacto tiene que haber sido intencional. Por lo tanto, si el acusado se topa con el sujeto de la orden judicial en un lugar público por casualidad, no se ha cometido ningún delito.
¿Qué tal si la otra persona desea tener contacto?
Solo un juez puede anular una orden judicial. Aun si la persona que lo solicitó cambie de parecer y decide que desea tener contacto, la orden judicial sigue en pie y la policía todavía puede arrestar al sujeto de la orden judicial si los términos de la orden se han violado.